El Patronato es el órgano de gobierno, representación y administración de la Fundación que ejecutará las funciones que le corresponden, con sujeción a lo dispuesto en el Ordenamiento Jurídico y en los presentes Estatutos. En su actuación el Patronato deberá ajustarse a lo preceptuado en la legislación vigente y a la voluntad del fundador manifestada en estos Estatutos. Corresponde al Patronato cumplir los fines fundacionales y administrar los bienes y derechos que integran el patrimonio de la Fundación, manteniendo su rendimiento y utilidad.
Son miembros del Patronato de la Fundación:
- Heras García, Dña. Aránzazu de las. Secretario.
- Heras García, D. Arturo de las. Vicesecretario.
- Olmedilla Guiseris, D. Diego Manuel. Vocal.
- Débasa Navalpotro, D. Felipe Rodolfo. Vocal.
- Álvarez López, D. José Antonio. Vocal.
- Heras Miguel, D. Roque de las. Presidente.
Facultades del patronato
- La competencia del Patronato se extiende a todo lo que concierne al gobierno y administración de la Fundación, sin excepción alguna, y a la resolución de todas las incidencias legales y circunstanciales que ocurriesen. Las facultades del patronato se ejercitaran sin perjuicio de las autorizaciones del Protectorado o comunicaciones que, en su caso, legalmente procedan.
- La ejecución de sus acuerdos corresponderá al Presidente o al Vicepresidente, sin perjuicio de que en dichos acuerdos pueda designarse expresamente a otro u otros patronos o, en su caso, al Director General de la fundación.